El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala prohibir el sacrificio de animales sin aturdimiento previo

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo avala prohibir el sacrificio de animales con los rituales kosher y halal, utilizado para el consumo humano entre los creyentes judíos y musulmanes. Así lo ha decidido este martes en respuesta a una demanda presentada por 13 ciudadanos belgas y siete organizaciones no gubernamentales del mismo país, que representaban a comunidades musulmanas de Bélgica, así como autoridades religiosas musulmanas y nacionales belgas de confesión judía residentes en Bélgica.

La sentencia declara que con la prohibición de sacrificio sin aturdimiento previo, no se habría producido violación alguna del artículo 9 (libertad de religión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ni del artículo 14 (prohibición de discriminación).

En este sentido, según el TEDH, esta medida se encuentra justificada por principio y que podía considerarse proporcionada al objetivo perseguido, a saber, la protección del bienestar de los animales como elemento de la “moral pública”.

Esta sentencia es pionera en el sentido de que es la primera vez que abordaba la cuestión de si la protección del bienestar de los animales puede vincularse a uno de los objetivos del artículo 9 del Convenio (libertad de religión). Se abre de esta manera la puerta para que otros países de la Unión Europea sigan la senda legal abierta ahora por el caso belga. Desde ANDA llevamos años pidiendo medidas similares en España (o a nivel de la Unión Europea) o, en su defecto, al menos un etiquetado claro que de forma transitoria y hasta la entrada en vigor de la prohibición, indique si el animal ha sido aturdido o no en el momento de ser sacrificado.

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