Las acusaciones particulares de ANAA (Asociación Nacional Amigos de los Animales) y FAPAM (Federación de Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal de la Comunidad de Madrid) (de la que ANDA forma parte desde su fundación), solicitaron la custodia definitiva de los animales en diciembre de 2019 y ahora la Audiencia Provincial de Madrid ratifica el auto del juzgado que estimaba dicha solicitud atribuyendo la custodia a las asociaciones con el fin de que los mismos puedan ser entregados en adopción.
Ahora, las familias que tenían a los animales en acogida, podrán formalizar la adopción definitiva, si bien el proceso por delito de maltrato animal, blanqueo de capitales y organización criminal continúa en fase de instrucción. El auto del juzgado fue apelado por los investigados solicitando además la devolución de los perros.

La Audiencia Provincial de Madrid afirma que persisten indicios de criminalidad y considera la medida acordada en el auto del juzgado como “oportuna, necesaria, racional y proporcionada cuando, además, se trata de seres vivos que precisan de una atención constante que solo puede proporcionársela quienes se encargan de sus cuidados.” La Audiencia que tal y como manifiestan las acusaciones particulares que ofrecerlos en adopción es una solución gratuita, altruista, y con dicha medida se asegura que no van a continuar con un proceso de cría a destajo cuando ya se trata de animales muy mermados. Dichos informes recogen el pésimo estado de salud que presentaban los animales y las nulas condiciones de habitabilidad del criadero.
Así mismo la Audiencia, salvando las distancias al tratarse de seres vivos, recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal determina la posibilidad de realizarse los efectos judiciales sin esperar al pronunciamiento o firmeza del fallo.
En la actualidad ANAA y FAPAM tienen la custodia temporal de más de 500 animales que se encuentran bajo medidas provisionales o cautelares, medidas que se prolongan durante años generando un grave impacto en términos económicos, emocionales y de bienestar animal, es por ello por lo que celebran decisiones como ésta, acordes a que el bien jurídico tutelado por el art. 337 del Código Penal es la vida, integridad y bienestar de los animales y a la luz del art. 13 del TFUE que reconoce a los animales como seres sintientes.
No seas cómplice #adoptanocompres
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